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Usuarios del Consulado de España en Cuba, ¡atentos a esta nueva medida!

viernes, 6 de septiembre de 2024 por Natalia Suárez

Usuarios del Consulado de España en Cuba, ¡atentos a esta nueva medida!
Embajada de España en La Habana - Imagen de © CiberCuba

El Consulado de España en Cuba ha comunicado que eliminará a los usuarios que obtuvieron sus credenciales antes del 1 de enero de 2024 y aún no han empleado el sistema. Esta acción busca optimizar el proceso de citas para la Ley 20/2022 de Memoria Democrática (LMD).

En la red social X, la sede consular informó que aquellos usuarios registrados antes de la fecha mencionada y que no han reservado su cita, tienen el mes de septiembre para hacerlo. La medida entrará en vigor el 1 de octubre. Aunque la operación de reserva debe completarse en las próximas tres semanas, la cita puede ser asignada para una fecha posterior.

Es crucial destacar que este proceso es fundamental para la gestión de trámites relacionados con la nacionalidad y la presentación de documentos. Por lo tanto, se recomienda a los afectados aprovechar septiembre para asegurar su cita y evitar la pérdida de su cuenta en la plataforma.

Balance de actividad consular

En junio, se informó que el gobierno de España, en su informe de Balance de la Actividad Consular en 2023, destacó que su consulado en La Habana fue una de las oficinas que más pasaportes expidió en el último año. Desde el 21 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, se recibieron en la red consular 226,354 solicitudes, con 110,540 expedientes aprobados y 69,421 inscripciones.

Este informe fue presentado el 21 de mayo por el ministro español de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares. Los datos indican que las oficinas consulares que más pasaportes expidieron fueron Buenos Aires con 38,127 documentos, y en segundo lugar La Habana, con 25,221.

Detalles sobre la Ley de Memoria Democrática

La Ley de Memoria Democrática, conocida en Cuba como la “Ley de Nietos”, establece dos supuestos para solicitar la nacionalidad española:

El primero es para aquellas personas que sean nietos de españoles y que no hayan perdido la nacionalidad española. En este caso, pueden obtener la nacionalidad por opción, mediante una declaración en la que manifiesten su voluntad de hacerlo.

El segundo es para aquellos descendientes de españoles que hayan perdido la nacionalidad, ya sea porque sus padres o abuelos la perdieron durante la Guerra Civil o la dictadura franquista, o porque ellos mismos la perdieron al adquirir otra nacionalidad. En este caso, los descendientes pueden recuperarla, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Memoria Democrática.